Las actuaciones son:
1.- Solicitud de Nombre. Toma aproximadamente tres días.
2.- Reserva de Nombre. Una vez constatado que el nombre no está tomado se paga un arancel y hay un plazo de tres días hábiles para introducir el documento para la revisión previa.
3.- Introducción de Documento Constitutivo para la revisión previa, puede tomar entre tres días, si se habilita y hasta quince días hábiles si no se habilita. Si hay observaciones al documento y sus anexos el tiempo se duplica.
4,- Cálculo de aranceles y elaboración de las planillas correspondientes.
5.- Pagos al Fisco Nacional.Se puede hacer sólo en los bancos autorizados o con tarjeta de debito en las cajas de la oficina del registro, su corremos con suerte de que estén funcionando.
6.- Pagos de Registro. Se hacen en una oficina bancaria autorizada, no son los mismos del numeral anterior y no pueden hacer cese por la taquilla del registro.
7.- Firma de Registro (Traslado Opcional). Normalmente se fija para entre tres y diez días después de presentadas las planillas de pago de los aranceles, la firma puede tomar de dos a seis horas, habrá que anotarse a primera hora de la mañana y sólo al estar anotados los firmantes harán las notas registrales correspondientes al acta, finalmente el registrador debe firmar el documento antes se entregarlo al usuario, esto puede tomar de uno a tres días.
8.- Publicación del acta en un diario de circulación regional. Una vez registrado deberá consignarse un ejemplar en el Registro.
9.- Trámite del Registro de Información Fiscal de la empresa ante el SENIAT, habrá que acompañar la planilla que se baja de internet con fotocopias del RIF y cédulas vigentes de los socios y una copia de un recibo de un servicio público correspondiente al domicilio fiscal de la empresa.
10.- Sellado de Libros (5) toma entre ocho y quince días, debe hacerse con solicitud firmada por abogado inscrito en el IMPREABOGADO.
11.- Calificación de empresa ante la SIEX, este trámite solo puede realizarse en la ciudad de Caracas, se bajan las planillas de la página de la Superintendencia de Inversiones Extranjeras, se acompañan los recaudos exigidos y sólo puede ser realizado el trámite por un representante legal de la empresa o un apoderado de la misma.
12.- Inscripción en el INCE y SSO.
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